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Sentencia favorable para los sorianos

Se confirma y declara ajustada a derecho la sanción de 150.000€ impuesta a Domus Nebrija por una infracción grave, consistente en la ejecución de obras excediéndose de la licencia concedida.
El acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Soria de 27 de octubre de 2003 recogía dicha sanción al desestimarse las alegaciones presentadas y fue recurrida el 2 de enero de 2024.
El grupo Municipal Popular se personó en el procedimiento judicial como codemandado, para defender la conveniencia de la sanción impuesta, en defensa del interés general y de la legalidad.
El Grupo Municipal Popular siempre ha defendido que las obras se han ejecutado sin haberse dado cumplimiento a la licencia otorgada, levantando una altura más de la permitida, incumpliendo la licencia y el planeamiento vigente.
El procedimiento judicial con más de 1.500 folios de expediente, se resume en las 21 páginas de la sentencia, en las que su Señoría detalla los hechos y pruebas destacando entre ellas, parte del informe de 2 de mayo de 2023 en el que dos arquitectas municipales recogen que el representante de la promotora en la visita expone que los paneles nos están previstos ni van a ser instalados….
Por lo que puede concluirse que todo lo construido por encima del forjado del techo de la cuarta planta, no tiene justificación técnica alguna.
También pone de manifiesto la Sentencia que resulta chocante que en alguno de los informes técnicos municipales, se pierda por completo la perspectiva legal de que las obras han de estar ajustadas a una licencia, resultando totalmente improcedente desde el punto de vista jurídico que se analicen unas obras en estado de ejecución a la luz de una posible oportunidad o conveniencia de una futurible aprobación de una modificación puntual del PGOU de Soria, modificación que puede o no producirse y que, en su caso, estará sometida a control jurisdiccional.
La infracción es grave y la sanción inicialmente impuesta de 300.000€, tras la resolución municipal de 18 de julio de 2023 que estimó el recurso de reposición se redujo un 50%.
Pues bien, la sentencia concluye de forma razonada que la infracción se cometió y la aplicación de las consecuencias de una conducta infractora no pueden ser otras que la imposición de la Ley y su acatamiento por todo ciudadano, persona física o jurídica, con las consecuencias inherentes a su incumplimiento.
Por ello se confirma y declara ajustada a derecho la sanción impuesta.

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